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Detalle de Convocatoria

INCEA-PROGRAMAS 2

CONVOCATORIA INCENTIVOS INTEGRADOS DE COMPETITIVIDAD Y ENERGÍA PARA LAS CADENAS DE VALOR INDUSTRIAL, LA MINERÍA SOSTENIBLE Y LOS ESPACIOS PRODUCTIVOS.

Resolución de 17 de abril de 2026, de la Secretaría General de Industria y Minas, por la que se realiza la convocatoria de incentivos del Programa 2 «Espacios productivos» de la Línea 1 acogidos a la Orden de 13 de marzo de 2025, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de incentivos integrados de competitividad y energía para las cadenas de valor industrial, la minería sostenible y los espacios productivos en Andalucía.

Extracto de la Resolución de 17 de abril de 2026, de la Secretaría General de Industria y Minas, por la que se realiza la convocatoria de incentivos del Programa 2 «Espacios productivos» de la Línea 1 acogidos a la Orden de 13 de marzo de 2025, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de incentivos integrados de competitividad y energía para las cadenas de valor industrial, la minería sostenible y los espacios productivos en Andalucía.

Objeto: La presente convocatoria abarca los tipos de actuaciones que a continuación se relacionan:

a) Línea de incentivos para el desarrollo competitivo de las cadenas de valor industrial, la minería sostenible y los espacios productivos en Andalucía (Línea 1):

Programa 2. Espacios productivos.

L1.2.1. Transición hacia áreas de competitividad industrial y empresarial.

L1.2.2. Desarrollo de espacios para la competitividad a través de la colaboración.

L1.2.3. Infraestructuras para el uso eficaz de los recursos y la protección ambiental.

Beneficiarios:

  1. Personas jurídicas privadas, personas físicas, con o sin ánimo de lucro, asociaciones y agrupaciones de las figuras anteriores con personalidad jurídica, que realicen una actividad económica por la que ofrezcan bienes o servicios en el mercado.
  2. Entidades de gestión de espacios productivos y empresariales o comunidades de propietarios con personalidad jurídica establecidos a tal fin, incluidas las Entidades urbanísticas de conservación, que tengan alguna de las formas jurídicas legalmente válidas para el desarrollo de sus actividades en relación con los espacios productivos. A los efectos de determinar la condición de pyme, se tendrán en cuenta los efectivos y límites financieros, tanto de la persona o entidad solicitante como de las personas o entidades asociadas y/o vinculadas a la misma, en los términos del artículo 2 y siguientes del Anexo I del Reglamento (UE) núm. 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014.
  3. Entidades locales territoriales y entidades delsector público local dependientes o vinculadas a ellas cuando no ejerzan actividad económica. Esto es, siempre que no pongan bienes o servicios a disposición del mercado a cambio de cualquier contraprestación económica.

Presupuesto: 8.320.000€

Plazo: se iniciará a las 9:00 del día 16 de junio de 2026, una vez por aprobados los formularios, mediante la publicación de la correspondiente resolución y permanecerá abierto durante tres meses.

Resolución de 20 de abril de 2026, de la Agencia Andaluza de la Energía, por la que se realiza la convocatoria de la Línea 2 de incentivos del Programa 2 «Espacios productivos» acogidos a la Orden de 13 de marzo de 2025, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de incentivos integrados de competitividad y energía para las cadenas de valor industrial, la minería sostenible y los espacios productivos en Andalucía.

Extracto de la Resolución de 20 de abril 2026, de la Agencia Andaluza de la Energía, por la que se realiza la convocatoria de la Línea 2 de incentivos del Programa 2 «Espacios productivos», acogidos a la Orden de 13 de marzo de 2025, de la Consejería de Industria, Energía y Minas, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de incentivos integrados de competitividad y energía para las cadenas de valor industrial, la minería sostenible y los espacios productivos en Andalucía.

Objeto:

1. La presente convocatoria se dirige a los conceptos subvencionables que se encuadran en la Línea 2 del «Programa 2.

L2.2.2. Eficiencia energética en instalaciones del sector público local.

L2.2.3. Energías renovables en los edificios e instalaciones del sector público local.

L2.2.4. Eficiencia energética en los edificios del sector privado.

L2.2.5. Eficiencia energética en las instalaciones del sector privado.

L2.2.6. Energías renovables promovidas por el sector privado.

L2.2.7. Redes inteligentes y nuevos modelos de mercado energético.

L2.2.8. Soluciones de almacenamiento de energía.

L2.2.9. Infraestructuras de recarga de vehículos eléctricos.

Beneficiarios:

a) Personas jurídicas, personas físicas, con o sin ánimo de lucro, y agrupaciones de las figuras anteriores con personalidad jurídica, que realicen una actividad económica por la que ofrezcan bienes o servicios en el mercado, incluyendo las empresas de servicios energéticos (ESE).

b) Entidades de gestión de espacios productivos y empresariales, asociaciones o comunidades de propietarios establecidos a tal fin, previstos en la normativa de aplicación a estos espacios o, en su caso, a su correspondiente forma jurídica.

c) Comunidades de energía renovables o comunidades ciudadanas de energía, cuyos miembros realicen actividad económica por la que ofrezcan bienes o servicios en el mercado, en los términos definidos en el Anexo III de la Orden de 13 de marzo de 2025.

d) Las entidades locales territoriales y entidades del sector público local dependientes o vinculadas a ellas.

Presupuesto: 41.680.000€

Plazo: 9:00 horas del día 16 de junio de 2026 y permanecerá abierto hasta que se declare su conclusión por resolución de la Dirección Gerencia de la Agencia Andaluza de la Energía.

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